Informamos que el próximo acto de adjudicación será realizado el 14 de mayo de 2021.
Asimismo, todas las ofertas de licitación que fueron efectuadas para el presente acto, continuarán vigentes junto con las que se realizaren.
Informamos que el próximo acto de adjudicación será realizado el 14 de mayo de 2021.
Asimismo, todas las ofertas de licitación que fueron efectuadas para el presente acto, continuarán vigentes junto con las que se realizaren.
Para el caso de cambio de modelo, las alícuotas se calcularán de la siguiente manera:
Los adjudicatarios del modelo reemplazado abonarán su cuota en función del último Valor Móvil del bien sustituido. Con posterioridad, el Valor Móvil del bien sustituido se ajustará en idéntico porcentaje en que varíe el Valor Móvil del nuevo modelo.
Los Adherentes no adjudicatarios o adjudicatarios del nuevo modelo, abonarán la alícuota resultante del Valor Móvil del nuevo modelo, la cual será ajustada de acuerdo a los términos de las presentes Condiciones Generales. Dicha alícuota aplicable hasta tanto ocurra un nuevo cambio de modelo, se formará con la alícuota del Valor Móvil del modelo original más la alícuota obtenida de la variación del Valor Móvil como consecuencia del nuevo modelo. Esta última se obtendrá dividiendo el valor de dicha variación por el número de cuotas pendientes del Plan, incluida la del cambio de modelo.
Todos los meses, con los fondos recaudados del mes anterior, se realiza un acto de adjudicación permitiéndose la asistencia del público en general. Las adjudicaciones de las unidades se realizan según las dos modalidades previstas: Sorteo o Licitación. Fiscalizan los mismos, un Escribano Público quien labra el Acta correspondiente y puede estar presente un representante de la Inspección General de Justicia de la Nación. En este proceso, el adjudicado abona a la Administradora el importe que corresponde al Derecho de Adjudicación, que equivale al 1 % del valor vigente del Automotor tipo al momento del pago de este concepto. Para mayores datos consultar las Condiciones Generales de la Solicitud de Adhesión.
NORMATIVA APLICABLE A EMPRESAS DE PLANES DE AHORRO SOBRE LA PREVENCIÓN DEL LAVADO DE DINERO - UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA - PREVENCIÓN CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS Y EL FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO
En cumplimiento de lo establecido por las Leyes 25.246; 26.268 y las Resoluciones UIF reglamentarias TOYOTA PLAN DE AHORRO en su calidad de sujeto obligado cumple en informar a sus clientes los principales alcances y obligaciones en materia de Prevención contra el Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo con que estamos alcanzados en nuestra actividad comercial.
Mediante la Resolución N° 34/2011 emitida por la Unidad de Información Financiera (U.I.F.) se reglamenta el alcance de lo establecido en los Artículos 21, incisos a) y b) y Art. 21bis inc. a); inc. b) de la Ley N° 25.246 respecto a las entidades comprendidas en el Artículo 9° de la Ley N° 22.315.
Con el objetivo de cumplir con las estipulaciones precedentes es obligación de nuestra parte requerir información y documentación que permita identificar a nuestros clientes y las operaciones que realizan; por lo tanto personas físicas y jurídicas de acuerdo a los montos y características de sus operaciones deberán presentar entre otras la siguiente documentación: a) "Declaración Jurada de origen de los fondos" utilizados para realizar las operaciones referentes al plan de ahorro al que se encuentra suscripto, indicando su actividad principal. b) "Declaración Jurada de persona expuesta políticamente" c) último balance certificado por Contador Público y legalizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que corresponda. d) Certificación de ingresos de la entidad jurídica firmada por Contador Público matriculado con firma certificada por el Consejo Profesional. e) Copia del Registro de accionistas actualizado, indicando porcentaje de participación, firmado por el apoderado. f) En caso de existir un accionista con más del 20% de participación tanto forma directa como indirecta, enviar documentación de respaldo del mismo. g) Visto copia fiel del certificado original por banco o escribano de la última declaración jurada del Impuesto a las Ganancias o Impuesto a las Ganancia Mínima Presunta, junto con el formulario respectivo que corresponda a su situación patrimonial ("balance para fines fiscales") y/o Certificación de ingresos de la entidad jurídica firmada por Contador Público matriculado con firma certificada por el Consejo Profesional. h) "Declaración Jurada indicando estado civil y profesión, oficio, industria o actividad principal que realice" i) Copia del estatuto social actualizado, certificada por escribano público o por el propio Sujeto Obligado. J) Copia del acta del órgano decisorio designando autoridades, representantes legales, apoderados y/o autorizados con uso de firma social, certificadas por escribano público o por el propio Sujeto Obligado. k) Titularidad del capital social (actualizada).
En cada caso y conforme a las exigencias legales brindaremos a nuestros clientes, los formularios y el asesoramiento necesario para cumplir satisfactoriamente con todos los requerimientos exigidos por la Unidad de Información Financiera (UIF).
SEGURO DE VIDA
Sancor - Av. Independencia 333 5000 Sunchales Santa Fe
SEGURO DE AUTOMOTORES
San Cristóbal - Italia 646 2000 Rosario Santa Fe
Zurich - Cerrito 1010 1010 CABA CABA
Orbis - Boedo 119 1206 CABA CABA
La Caja - Fitz Roy 957 1414 CABA CABA
Sancor - Av. Independencia 333 5000 Sunchales Santa Fe
La Segunda - Brig. Gral. Juan Manuel de Rosas 957 (S2000CCE) Rosario
Tel: 0341 - 4201000 (líneas rotativas)